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07/07/2013 | Argentina - Un blanqueo que oscurece

La Nación (AR)-Staff

El período para la exteriorización de moneda extranjera se abrió con demasiadas dudas y sin posibilidades de restaurar la confianza en el peso.

 

Con muchos más interrogantes y dudas que adhesiones, se inició el período para la exteriorización de moneda extranjera que se encuentre en la Argentina o en el exterior.

El gobierno nacional se ha planteado al menos tres muy ambiciosos propósitos de no fácil cumplimiento. El primero es reactivar el mercado inmobiliario, deprimido en buena parte por las propias torpezas de la administración kirchnerista, como el cepo cambiario. El segundo es aumentar, aunque sólo sea de manera temporaria, las reservas del Banco Central, que han caído en alrededor de 10.500 millones de dólares precisamente desde la puesta en marcha de las restricciones en el mercado de cambios. Por último, las autoridades nacionales se han propuesto que los certificados que se entregarán a cambio de los dólares que se blanqueen, los llamados Cedin, puedan competir con el dólar informal y forzarlo a descender.

Esta suerte de jugada a tres bandas parece de muy compleja concreción si se cumplen los pronósticos de economistas del sector privado, que estiman un ingreso al mercado formal de unos 2000 millones de dólares.

A los cuestionamientos que provocó la medida del blanqueo -el segundo ideado por el gobierno de Cristina Kirchner en menos de cinco años- sobre la inequidad que implica para quienes vienen cumpliendo rigurosamente desde hace años con sus obligaciones impositivas, se han sumado innumerables dudas.

  • El blanqueo podría ser violatorio del principio de igualdad ante la ley. Especialmente, para todo aquel contribuyente que se ha acogido a moratorias o planes de pago en cuotas con intereses por impuestos adeudados, mientras que los evasores que adhieran al proceso de exteriorización terminarán siendo premiados por cuanto no se les reclamará nada de lo que pudieran adeudar.

  • La inequidad llega al extremo de que un ciudadano argentino que, por ejemplo, tenga dólares estadounidenses en el exterior del país sin declarar y decida sumarse al blanqueo para comprar propiedades inmuebles en la Argentina podrá transferir ese dinero desde el país extranjero en que se encuentre y, a cambio, recibirá Cedin, que serían tomados a la par de sus dólares. En cambio, otro ciudadano que tenga en un banco del exterior la misma cantidad de dólares que el anterior, pero que los tenga declarados al fisco argentino, y también decida traerlos al país para comprar inmuebles, podrá transferirlos pero, a cambio, recibirá pesos al cambio oficial; esto es, menos de lo que cotizarían los Cedin. Sólo podría canjearlos por Cedin si trajera los billetes en efectivo, lo que es virtualmente imposible si se trata de una cantidad importante.

  • La norma beneficia a quien se acoja al blanqueo con la exención del pago de impuestos nacionales omitidos de declarar, además de sus intereses y multas. Pero no incluye en el perdón los impuestos provinciales que se adeuden por los montos blanqueados, a menos que las provincias se adhieran a la ley. Al menos dos distritos, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Córdoba, han anunciado que reclamarán de los contribuyentes que realicen la exteriorización de moneda extranjera el pago de los impuestos a los ingresos brutos y de sellos.

  • Se estima que será dificultosa la conformación de un mercado secundario para los Cedin. Entre otras cosas, porque quien venda una casa y acepte esos certificados, normalmente no esperará más de 48 horas para ir al banco y canjearlos por dólares.

  • La norma en cuestión excluye la posibilidad de acciones civiles, comerciales, penales tributarias, administrativas y penales cambiarias en contra de quien se presente al blanqueo. Sin embargo, otra ley, como la de lavado de activos, pone a los sujetos obligados a reportar operaciones sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF), como las entidades bancarias, en una difícil encrucijada.

Es que el artículo 14 de la ley de exteriorización establece la necesidad para quien se sume al blanqueo de presentar una declaración jurada en relación con el lavado de activos y financiación del terrorismo, agregando luego que ello se da "sin perjuicio de cualquier otra medida que resulte necesaria a efectos de corroborar los extremos de viabilidad para el acogimiento" al proceso.

La norma se torna oscura o discrecional al pretender transferir las cargas de vigilancia a los sujetos involucrados, manteniendo en los organismos de contralor criterios que no quedan explicitados. A eso se agrega un marco normativo lo suficientemente laxo como para garantizar a los funcionarios su exención de responsabilidad y trasladarla a los sujetos que deben intervenir en la implementación del régimen.

Resulta claro que, al margen de todos los inconvenientes apuntados, ni la fuga de capitales, ni la huida del peso argentino, ni la inflación, ni la caída de las reservas internacionales del país, ni mucho menos su inseguridad jurídica, hallarán solución en un blanqueo, que siembra más dudas sobre nuestro porvenir.

La introducción de los Cedin es tan sólo un intento de emparchar los desaguisados derivados de los exagerados controles cambiarios, con el propósito de evitar un sinceramiento que será cada vez más necesario.

Sin un plan económico serio y sin un piloto adecuado, no habrá posibilidades de restaurar la confianza de los argentinos en su moneda y se seguirán fugando capitales y perdiendo oportunidades de negocios.

La Nación (AR) (Argentina)

 



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